Variaciones censales a ejercer en el mes de diciembre
Al igual que en el mes anterior, durante el mes de diciembre se pueden ejercer diversas opciones y renuncias que tendrán consecuencias a partir del siguiente año. Detallamos a continuación algunas de las más comunes.
- Opción por la determinación de la base imponible en el Régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos mediante el margen de beneficio global: durante el mes de diciembre anterior al año en que haya de surtir efecto. Se prorrogará indefinidamente salvo renuncia en el mismo plazo.
- Renuncia a los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca en el IVA: durante el mes de diciembre anterior al año en que haya de surtir efecto. Se entiende prorrogada indefinidamente, salvo exclusión o revocación de la renuncia en el mismo plazo (ambas tendrán efecto un mínimo de tres años).
- Renuncia al régimen de estimación objetiva y a la modalidad simplificada en el régimen de estimación directa en el IRPF: durante el mes de diciembre anterior al año en que deba surtir efecto. Se entiende prorrogada indefinidamente, salvo exclusión o revocación de la renuncia en el mismo plazo (ambas tendrán efecto un mínimo de tres años).
- Opción por aplicación del régimen especial del criterio de Caja en el IVA: durante el mes de diciembre anterior al año en que deba surtir efecto, así como al tiempo de presentar la declaración de comienzo de actividad. La opción se entenderá prorrogada salvo renuncia en el mismo plazo y tendrá efecto un mínimo de 3 años.
- Opción por tributación en destino en el caso de ventas a distancia a otros estados miembros de la Unión Europea, así como su revocación: se ejercitará durante el mes de diciembre anterior al año natural en que haya de surtir efecto. En el año de inicio de la actividad, la opción deberá efectuarse con anterioridad a la realización de dichas operaciones.
- Solicitud o Renuncia de la aplicación del régimen especial de grupo de entidades en el IVA: Esta comunicación se efectuará por la entidad dominante del grupo a través del modelo 039 durante el mes de diciembre anterior al año natural en el que deba surtir efecto.
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