Vacaciones sin notificaciones
Los obligados tributarios que estén incluidos en el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada podrán señalar hasta un máximo de 30 días en cada año natural durante los que la Agencia Tributaria no podrá poner notificaciones a su disposición en la DEH.
Para poder solicitar los días de cortesía es necesario estar dado de alta en la DEH y haber realizado la suscripción a los procedimientos disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones.
Los días de cortesía deberán solicitarse con un mínimo de 7 días naturales de antelación al comienzo del periodo deseado.
Los días de cortesía surten efectos, exclusivamente, en relación con las notificaciones en la Dirección Electrónica Habilitada, en los términos del artículo 4 de la Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre y durante los mismos la Agencia Tributaria no pondrá notificaciones a su disposición en la Dirección Electrónica Habilitada. Las notificaciones electrónicas puestas a disposición con anterioridad al inicio del período de días de cortesía se entenderán notificadas por el transcurso de diez días sin acceder a las mismas.
Debe marcar también los sábados y domingos.
Desde el siguiente enlace se accede al calendario, recuerde que debe hacerlo desde un dispositivo (PC, móvil, etc) en el cual tenga instalado el certificado digital.
Una vez que haya accedido, debe pulsar en MODIFICAR:
y acto seguido la web ya le permitirá marcar los días en los que la AEAT no le enviará notificaciones
Al terminar de marcar los días, debe hacer click en el botón VALIDAR para que estos queden grabados.