Subvención al comercio rural

La Diputación ayuda a pagar la cuota de autónomos a los comerciantes de pueblos menores de 500 habitantes.

Con fecha 19/07/2022 se ha publicado en el BOP la convocatoria de subvenciones, que tiene el objetivo de mantener y consolidar la estructura comercial y los servicios básicos en el medio rural y cuenta con una dotación presupuestaria de 250.000 € para el año 2022.

Consistirá en una ayuda económica que contribuya a sufragar la cuota establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con el límite cuantitativo de la consignación presupuestaria fijada por la Excma. Diputación Provincial.

Para el cálculo de la subvención se tendrá en cuenta el periodo comprendido entre los meses de enero a junio de 2022. Si el solicitante no ha estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante todo el periodo de tiempo, se le abonará la parte proporcional. En cualquier caso, la ayuda no podrá exceder de lo efectivamente pagado y justificado.

Pueden acogerse a estas ayudas los trabajadores autónomos que desarrollen actividades comerciales encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE): industrias del pan, bollería, pastelería y galletas (419); comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos (641); comercio al por menor de carnes y despojos, productos y derivados cárnicos elaborados, huevos, aves, conejos de granja, caza y productos derivados de los mismos (642); comercio al por menor de pescados y caracoles (643); comercio al por menor de pan, pastelería, confitería, leche y productos lácteos (644); comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general (647); farmacias (652.1); comercio de lubricantes, carburantes y lubricantes (655.1/655.2/655.3); comercio al por menor de toda clase de artículos en otros locales (662.2); comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente: venta ambulante, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos (663); servicios en cafés y bares, con y sin comida (673); y peluquerías y salones de belleza (972.1/972.2).

El plazo de presentación de solicitudes ha dado comienzo el 20/07/2022 y finalizará el próximo 17/08/2022.

Las solicitudes y el resto de la información preceptiva habrán de presentarse por cualquiera de los siguientes medios: en el registro electrónico de la Diputación Provincial de Guadalajara (https://dguadalajara.sedelectronica.es/info.0); en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en las oficinas del Registro General de la Diputación Provincial de Guadalajara; o mediante  cualquiera de los sistemas previstos en el artículo 16 de la mencionada Ley.

 

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