Todos los autónomos, obligados a declarar
La norma que regula el nuevo sistema de cotización de los autónomos, también introduce tres modificaciones de carácter fiscal. |
1.- Se modifica la Ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas para establecer la obligación de declarar para todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. |
2.- Se amplían las funciones de la dependencia de gestión tributaria al reconocimiento y comprobación de los regímenes tributarios especiales. |
Una vez más el legislador vuelve a neutralizar la jurisprudencia del Tribunal Supremo, dado que esta modificación es una clara respuesta a una Sentencia de 2021 según la cual las actuaciones que se sigan para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la aplicación de regímenes tributarios especiales se deben llevar a cabo dentro de un procedimiento de inspección y no de gestión. |
3.- Finalmente, se amplía la aplicación de la deducción por contribuciones a sistemas de previsión social empresarial a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con trabajadores a su cargo y no solamente a las Sociedades. La entrada en vigor de este Real Decreto-ley será el 1 de enero de 2023. |