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¿Simplificación? del contenido de las cuentas anuales abreviadas y de pymes.

Simplificación sí, pero no así
El Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, por el que se modificaron el Plan General de Contabilidad simplificó el contenido de las cuentas anuales para las pequeñas empresas (pymes), simplificación que no se ha traducido en una menor carga de trabajo. Veamos algunos ejemplos:
Estado de cambios en el patrimonio neto

Uno de los hechos que más se destacaban en la introducción del Real Decreto 6020/2016 era la supresión del carácter obligatorio del estado de cambios en el patrimonio neto, que pasaba a configurarse como un documento voluntario…, voluntario en las cuentas anuales, pero que sin embargo es de obligatoria cumplimentación en el modelo 200 con el que se declara el Impuesto sobre sociedades.

Resultado del ejercicio

Otra supuesta simplificación era la no obligatoriedad de incluir en la memoria la propuesta de distribución del resultado. Automáticamente el Registro Mercantil incluyó la propuesta de distribución del resultado como información de obligatoria cumplimentación en los formatos que se deben de utilizar para realizar el depósito de cuentas cada año.

Además de lo anterior, en el modelo 200 con el que se declara el Impuesto sobre sociedades, sigue siendo obligatoria su cumplimentación.

La última novedad en lo tocante a la propuesta de distribución del resultado la pone el ICAC en la consulta 7 del BOICAC 113 de marzo de 2018 donde dice que si formulas cuentas abreviadas o pymes y las auditas de manera voluntaria y en la memoria no incluyes la propuesta de distribución del resultado, el auditor deberá incluir en su informe un farragoso párrafo explicando que como no lo has puesto en la memoria lo pone el auditor en su informe.

Periodo medio de pago

El periodo medio de pago, al igual que la propuesta de distribución del resultado, “desaparece” de la memoria pero “aparece” en los formatos para el depósito de cuentas en el Registro Mercantil. Menos mal, que por gentileza del ICAC, esto no lo tiene que explicar el auditor en su informe.

Y así podríamos seguir con otras cuestiones como por ejemplo el formato en el que deben presentar las cuentas anuales las empresas de un grupo, la ausencia de información sobre este tipo de empresas en la memoria, que la dejan huérfana de una información que entendemos bastante necesaria pero que, sin embargo, si tienes que cumplimentar en el modelo 200, o la información sobre plantilla media donde simplifican la forma de dar el dato, simplificación que no evita su cálculo.

 

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