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Revisiones y precálculos

Hemos entrado en el último trimestre de año y es un momento especialmente indicado para revisar lo que ha ocurrido en la parte transcurrida del año y lo que cabe esperar el próximo cierre.

Por una parte esto supone revisar el cumplimiento de las normas contables y fiscales aplicables. Por otra es conveniente calcular los impuestos, especialmente sobre la renta y sociedades que se devengarán con el cierre del ejercicio examinando las posibles alternativas cuando todavía hay tiempo.

Sin la pretensión de ser exhaustivos damos un breve repaso, casi telegráfico, a las cuestiones que hay que considerar para atender al doble objetivo de revisar y planificar.

  • Inmovilizado: Valoración de adquisiciones y contabilización de las bajas. Posibles deterioros. Amortizaciones contables y fiscales aceleradas. Requisitos
  • Justificación de gastos: En general, revisar la validez de los soportes, los criterios de deducibilidad fiscal y el cumplimento de requisitos especiales, tales como la documentación de las reclamaciones de créditos fallidos o la justificación de deterioros de existencias.
  • Criterios de imputación temporal de errores contables o tratamiento de los cambios de criterio. Analizar el tratamiento fiscal de partidas ajustadas directamente contra patrimonio.
  • Revisión de la situación patrimonial de la sociedad, actual y de la previsible en función del resultado esperado.
  • Cuentas con socios y administradores y cuentas de partidas pendientes, pueden recoger movimientos insuficientemente justificados.
  • Arqueos de caja y conciliación de movimientos bancarios. Atención a la limitación de pagos en efectivo.
  • Atención a los pasivos ficticios; son renta del último ejercicio no prescrito.
  • Operaciones vinculadas: Declaración y documentación justificativa.
  • De cara a la previsión del pago por Impuesto sobre Sociedades hay que recordar que la reserva de nivelación no aplicada a pérdidas revierte (incrementa la base imponible) al quinto año desde su dotación.
  • Aplicación de normas sobre prescripción civil de deudas.
  • Examinar la posibilidad de dotar provisiones y los requisitos para su posible deducción fiscal.
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