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Obligaciones de los beneficiarios de las ayudas directas

Ojo a la letra pequeña. Las ayudas directas de apoyo a la solvencia empresarial para empresas y autónomos, financiadas con fondos europeos, vienen acompañadas de una serie de obligaciones.

Entre las obligaciones que asumen los destinatarios de las ayudas directas a la solvencia, hay algunas que exigirán estar pendientes de su cumplimiento, para evitar incurrir en un motivo de devolución o reintegro de la subvención.

Así, las empresas a las que se concedan estas ayudas

  • Deberán mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022
  • no podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022, y
  • no podrán incrementar las retribuciones de la alta dirección durante un período de dos años

Se trata, pues, de requisitos que deben cumplirse a lo largo de un período de tiempo dilatado y, por ello, alejado del momento de la concesión de la subvención; que no constituyen requisitos habituales de una subvención (como si lo son, por ejemplo, la necesidad de estar al corriente con la Administración o la de mantener el nivel de empleo); y que tienen que ver con el funcionamiento mercantil normal de la compañía, que normalmente queda al margen de las subvenciones solicitadas u obtenidas; lo que obligará a estar especialmente atentos para no incumplirlos.

 

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