Resumen de novedades laborales para este año 2019
Contenidas en el Real decreto – ley para la revalorización de pensiones y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo (RDL 28/2018 de 28 de diciembre). Sigue un resumen de las que consideramos más significativas:
- Autónomos: obligación de asumir todas las coberturas (comunes, profesionales, cese actividad y formación profesional), con tipo único total por todas ellas del 30% para 2019, 30,3% para 2020, 30,6% para 2021 y 31% para 2022 (a excepción de los agrarios). La tarifa plana asciende durante los primeros 12 meses de 50 a 60 € si se opta por la base mínima.
- Régimen General: subida de bases máximas de un 7%, hasta los 4.070,10 € mensuales. Sube la tarifa de primas por AT y EP (nuevo tipo mínimo del 1,50% frente al 0,90% anterior). Se suspenden la reducciones de cotizaciones por disminución de la siniestralidad laboral (el conocido como bonus) y se hace obligatoria la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de aquellos que participen en programas de formación, prácticas no laborales o prácticas académica externas (antes estaban eximidas las no retribuidas).
- Empleados de hogar: nueva tabla de tramos, que relaciona el número máximo de horas a realizar en cada trabajo de manera proporcional al SMI.
- Jubilación: se faculta a los convenios para articular la posibilidad de extinguir contratos de trabajo por cumplimiento de la edad legal de jubilación siempre y cuando se pueda acceder al 100% de la misma (jubilación obligatoria).
- Derogación de aquellos contratos e incentivos que estaban vinculados a una tasa de desempleo superior al 15 %: el de emprendedores, contratación indefinida de jóvenes por microempresas o autónomos, incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven, el contrato del primer empleo joven y los incentivos de contratos en prácticas. Todos desaparecen, amén de la posibilidad de celebrar contratos de formación y aprendizaje con personas de entre 25 y 30 años y los incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa.
- Incremento de cotizaciones para contratos de corta duración: aquellos de duración inferior a 6 días, tendrán un recargo del 40% (en lugar del 36% y de los 7 días regulados hasta la fecha).
- Referencias al SMI: se establecen una serie de normas tendentes a evitar que referencias al mismo contenidas en normas no estatales, convenios o contratos, se vean afectadas por la tremenda subida de su importe.
- Sanciones: aparece una nueva infracción grave en relación al falso autónomo (entre 3.126 y 10.000 € de multa).
- Pensiones: se revalorizan en un 1,6% las contributivas, y las asistenciales y las mínimas y SOVI en un 3%. Los pensionistas recibirán antes de abril una paga por importe del 0,10% derivado de la desviación de la inflación de 2018. La pensión de viudedad se incrementa hasta el 60% de la base reguladora (salvo que tengan complemento a mínimos, en cuyo caso permanecerán invariables).
Compartir