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¿Puedo abrir mi negocio si estoy cobrando la prestación por el COVID-19?

La apertura durante la “desescalada” y el cobro de la prestación extraordinaria por cese de actividad son compatibles

Muchos autónomos que están cobrando la prestación extraordinaria por cese de actividad como consecuencia del COVID-19, ahora que llega la llamada “desescalada” y se va a permitir una apertura gradual, se preguntan si pueden abrir su negocio y seguir percibiendo la prestación. La seguridad Social dice que sí.

Según la revista de la Seguridad Social, “Los autónomos beneficiarios de la prestación que puedan abrir su negocio al inicio de la desescalada seguirán percibiéndola hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma. La ayuda busca proteger la falta de ingresos de los autónomos en esta situación excepcional y contribuir a la supervivencia de su negocio”.

Esta prestación se considera como una prestación única de tanto alzado, de modo que cuando se accede a ella se tiene derecho a toda la prestación, desde el día 14 de marzo y hasta el último día del mes en que finalice el estado de alarma, con independencia del momento en el que se haya solicitado.

 

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