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Posibilidad de prorratear la paga extraordinaria

Es de sobra conocido que la empresa está obligada a abonar al trabajador dos pagas o gratificaciones extraordinarias al año. Una de estas pagas tiene que abonarse necesariamente con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre la empresa y los trabajadores. Pero es menos conocida la imposibilidad de prorratear la paga extraordinaria, como regla.

La cuantía de las pagas extra y el número de las mismas que debe abonarse se fija en el convenio colectivo

Las pagas extraordinarias única y exclusivamente se podrán abonar de forma prorrateada cuando el convenio colectivo haya previsto expresamente esta posibilidad. No puede acordarse el prorrateo del pago unilateralmente por la empresa.

De este modo, si el convenio prohíbe el prorrateo y, no obstante, la empresa prorratea unilateralmente las pagas extras, aunque se incluya en la nómina un concepto denominado “parte proporcional de paga extra” o similar, se entiende que la retribución percibida mensualmente por el trabajador corresponde a conceptos salariales distintos de dichas pagas extras.

Por lo tanto, la empresa no queda liberada del abono de dichas pagas en las fechas establecidas en el convenio, sin que pueda aplicarse la compensación con las cantidades abonadas de forma prorrateada, a no ser que el prorrateo haya sido solicitado por el propio trabajador.

Ahora bien, si el convenio no prohíbe expresamente el prorrateo ni regula ninguna consecuencia en caso de que se lleve a cabo, el Tribunal Supremo ha entendido en ocasiones que cabría imputar lo abonado a dicho concepto -compensar-, si la suma coincide con el salario anual pactado.

No obstante, si el convenio no lo prohíbe y la empresa desea abonar la paga extra prorrateada, convendría pactarlo por escrito con la persona trabajadora.

En conclusión, antes de decidir prorratear las pagas extraordinarias, habrá que leer el convenio para ver si es o no posible. De lo contrario, esta opción puede resultar muy cara.

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