Cuatro días… y mucha “resiliencia”
Ese es el plazo que ha dado el gobierno a los administradores de aquellas sociedades que todavía no han depositado sus cuentas en el Registro Mercantil para rellenar un nuevo formulario que deben de adjuntar a las mismas.
Mucha resiliencia, es decir mucha capacidad para adaptarse a las situaciones adversas con resultados positivos es lo que tendrán que poner de su parte los administradores para hacer las cosas bien y en plazo.
El próximo viernes 30 de julio finaliza el plazo para que las sociedades mercantiles depositen en el Registro Mercantil los estados financieros del ejercicio 2020 y, tan sólo cinco días antes, es decir, el lunes 26, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial del Estado una orden que aprueba un nuevo modelo de depósito cuentas al que los administradores de las sociedades mercantiles tendrán que adaptarse en tiempo récord.
En concreto, el formulario que debe incluirse en el resumen anual se denomina Hoja Covid y pretende aunar en un mismo documento toda la información relacionada con la pandemia que afecte a las empresas, a saber, ayudas públicas que hayan solicitado, créditos ICO, número de ERTE desde el inicio de la crisis sanitaria, personal aún afectado por la medida, bajas médicas de personal fijo por coronavirus…
Si bien hace tres meses el Gobierno ya adelantó que incluiría modificaciones de cara a la prestación de este informe, no se volvió a pronunciar hasta el pasado lunes 26 de julio, 5 días antes de finalizar el plazo. La verdad es que no tiene sentido que a cuatro días de la fecha límite se apruebe una modificación en el modelo.
Una administración “insensible” que no hace otra cosa, día tras día, que enterrar a sus administrados con una burocracia ineficiente y sin sentido ha vuelto a dar muestras de casi lo único que sabe hacer: poner palos en las ruedas de los negocios de sus administrados.
Noticias de última hora
A 29 de julio, a 2 días de finalizar el plazo y haciendo gala de una magnanimidad casi desconocida, la Junta del Colegio de Registradores ha determinado que aquellas sociedades mercantiles a las que les resulte de difícil o de imposible ejecución la cumplimentación de los nuevos impresos, podrán usar los modelos de presentación de cuentas anteriores si bien, deberán subsanar en el plazo de cinco meses el defecto que les será advertido, con el fin que en el indicado plazo aporten el resto de la documentación ahora exigida desde el 27 de julio.