Periodo medio de pago a proveedores
Publicada en el BOE la resolución del ICAC sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con el periodo medio de pago a proveedores que será de aplicación en las cuentas de los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2015.
La resolución tiene por objeto aclarar y sistematizar la información que las sociedades mercantiles deben recoger en la memoria de sus cuentas anuales con el fin de cumplir con la Ley 15/2010, de 5 de julio, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Las sociedades mercantiles incluirán una nota en el modelo normal de la memoria de sus cuentas anuales individuales y en su caso, consolidadas, con la siguiente denominación y contenido:
«Información sobre el periodo medio de pago a proveedores. Disposición adicional tercera. «Deber de información» de la Ley 15/2010, de 5 de julio.»
– Periodo medio de pago a proveedores.
– Ratio de las operaciones pagadas.
– Ratio de operaciones pendientes pago.
– Total pagos realizados..
– Total pagos pendientes..
Esta información deberá suministrarse en el cuadro normalizado que se incluye en la propia resolución.
Las sociedades mercantiles que elaboren la memoria en el modelo abreviado del Plan General de Contabilidad, o que opten por la aplicación del Plan General de Contabilidad de Pymes incluirán una nota con la siguiente denominación y contenido:
«Información sobre el periodo medio de pago a proveedores. Disposición adicional tercera. «Deber de información» de la Ley 15/2010, de 5 de julio.»
– Periodo medio de pago a proveedores.
Al igual que en la memoria normal, esta información se suministrará en un cuadro normalizado que se incluye en la propia resolución.
En el contenido de la resolución se incluyen tanto las definiciones como los detalles de los cálculos necesarios para cumplir con el contenido de la misma, cálculos que se simplifican enormemente en el caso de formular cuentas abreviadas o de pymes. ya que con los saldos iniciales y finales del ejercicio de las cuentas “400” de proveedores y “410”acreedores y con el importe de la cuenta “60”compras y “62” servicios exteriores se obtiene fácilmente la información a incluir en la memoria. No es así en el caso de las memorias normal y consolidada donde los cálculos son bastante más complejos y para ello se precisa de una información que, hoy en día, muchas aplicaciones de contabilidad no facilitan.