Nuevos modelos para el depósito de las cuentas anuales
Los cambios más significativos son la eliminación de la “hoja Covid”, la necesidad de indicar, en la “hoja de identificación” el porcentaje de mujeres en el Órgano de Administración y una ampliación muy significativa de la información requerida al cumplimentar la hoja de titularidad real. También se introducen cambios en la hoja medioambiental, pudiendo, con carácter voluntario, reportar indicadores clave en materia medioambiental.
Centrándonos en la hoja de “titularidad real” en primer lugar es necesario recordar que están sujetas a la obligación de identificar al titular real todas las personas jurídicas domiciliadas en España que depositan cuentas, excepto las cotizadas. Este año, el Registro exige la presentación de este formulario en todo caso, haya o no modificaciones respecto a los años anteriores.
Novedades
Se establecen campos adicionales que permiten una mejor identificación de las personas físicas (país de expedición del documento y tipo de documento).
Las tablas I y III se desdoblan en dos, para cumplimentar los datos según se trate de control a través de participación en el capital o control a través de derechos de voto.
En las tablas IV.a y IV.b, de nueva creación, se debe informar del porcentaje de participación directa por participación en el capital o por derechos de voto respectivamente, empresa a empresa para identificar la cadena de control.
Otros aspectos a tener en cuenta
Además de las novedades anteriores en las instrucciones para cumplimentación de los modelos se recuerda que:
- La declaración de «titular real» en el depósito de cuentas debe referirse a la situación existente en el momento de la aprobación de las cuentas.
- Cuando con posterioridad a la fecha de la aprobación de las cuentas se hubiere producido una alteración de las circunstancias, es obligación de los administradores presentar un nuevo modelo de declaración de titular real con indicación de la fecha de referencia en que se ha sustanciado el cambio.
- De la misma manera, es responsabilidad de los administradores rectificar los datos registrales desactualizados cuando como consecuencia de un aumento o reducción de capital, modificación estructural de la sociedad (fusiones, escisiones, transformaciones etc.) o cualquier otro acuerdo social se produjera una alteración de la situación registrada acerca del titular real