Nuevo salario mínimo interprofesional para el año 2020
Ya es una realidad. El BOE del 5 de febrero publica la reiteradamente anunciada subida del salario mínimo.
Se ha fijado en 950 € mensuales por 14 pagas o, lo que es lo mismo, en 13.300 € anuales. Esto representa una subida en torno al 5,5% del actual salario mínimo interprofesional de 900 € mensuales (o 12.600 € anuales).
La subida tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero, de modo que todo aquel trabajador afectado directa o indirectamente por este salario verá variar su nómina de enero para adecuarla al nuevo importe, generándose en la gran mayoría de los casos el derecho a percibir una cantidad complementaria para alcanzar los nuevos importes.
Igualmente surtirá efecto en relación con los importes de embargos en nómina, cualquiera que sea su importe, para aquellos trabajadores con salarios embargados.
Es de esperar que las bases mínimas de cotización suban en igual proporción que el salario mínimo, afectando tanto a las cotizaciones obreras como empresariales, encareciendo los costes laborales de Seguridad Social para la empresa y aumentando las deducciones de cotización para los trabajadores afectados por el nuevo salario mínimo interprofesional.
Se mantiene la incertidumbre en cuanto a la posible publicación de nuevas bases de cotización máximas, la cuantía de éstas y los posibles efectos retroactivos.
Y, por último, permanecen en el aire dos cuestiones; la cotización de los autónomos y la posible derogación, total o parcial, de la reforma laboral.
Sin esperar a más novedades, febrero plantea un “apasionante” panorama para departamentos de administración de personal que pueden pasarse unos cuantos días rehaciendo nóminas y cotizaciones.