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cheque familiar

Nuevo cheque familiar en el IRPF 2015

El pasado febrero se ha introducido una ampliación de los colectivos que se pueden beneficiar de ciertas deducciones en el IRPF. Ahora, como novedad estas deducciones se pueden recibir de forma anticipada a razón de 100 euros al mes. Siga leyendo, le contamos en qué consisten y si puede ser usted beneficiario. 

La medida introducida se concreta en una minoración de la cuota diferencial del Impuesto, esto es, en el último paso para calcular la cuota resultante de la declaración que puede alcanzar la suma de 1.200€, si bien, se puede solicitar la acumulación de varias deducciones a las que se tenga derecho.

Se podrán beneficiar de estas deducciones:

  • Familias numerosas, por un importe de 1.200€, en caso de ser familia numerosa especial (5 hijos o más) el importe se eleva a 2.400€.
  • Familias monoparentales con al menos 2 hijos a su cargo, se aplican una reducción de 1.200€.
  • Personas con ascendientes o descendientes  discapacitados a su cargo, por importe de 1.200€ cada uno.

Estas deducciones pueden ser aplicadas por los contribuyentes que estén percibiendo prestaciones contributivas y asistenciales (desempleo, pensiones o análogas), por lo que no se prevén únicamente para los trabajadores que cotizan a la Seguridad Social.

No obstante, se establece como límite para cada una de las deducciones, las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad social y Mutualidades devengadas en cada período impositivo. En el supuesto de tener derecho a la deducción respecto de varios ascendientes o descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma independiente respecto de cada uno de ellos.

Igualmente, las deducciones son acumulables para cada una de las situaciones descritas. Ejemplo: Si un contribuyente tiene a su cargo un hijo y un padre, ambos con discapacidad, su deducción ascendería a 1.200€ por cada uno, esto es, 2.400€.

Si dos o más contribuyentes tuviesen derecho a la deducción se prorrateará su importe entre ellos por partes iguales.

La solicitud para la aplicación de ambas deducciones, se puede realizar de dos formas:

–       Aplicar la deducción en la declaración de IRPF (a partir de 2016).

–       Solicitar el abono anticipado, a razón de 100€ al mes, mediante la presentación del modelo 143 ante la Agencia Tributaria.

Consulta toda la información en: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/G613/informacion.shtml

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