Novedades en materia de igualdad
El BOE del 7 de marzo publica el Real Decreto Ley 6/2019 de 1 de marzo de medidas para la igualdad de trato y de oportunidades en el empleo y la ocupación.
Además del indudable efecto simbólico de la fecha de publicación, el Real Decreto Ley del gobierno incide en varias materias de la que destacamos por su impacto generalizado:
- Suspensión del contrato por paternidad (la nueva norma se refiere a él como “suspensión del contrato del progenitor distinto de la madre biológica”).
Hasta el 31 de marzo eran y son 5 semanas, de las cuales 4 primeras debían ser a continuación del parto y la 5ª se puede disfrutar a continuación de las mismas o durante los 9 meses de edad del bebé.
Del 1 de abril al 31 de diciembre de este año, será de 8 semanas, de las cuales las 2 primeras deben ser ininterrumpidas tras el parto. La madre podrá ceder hasta 4 semanas de su permiso de maternidad.
En 2020 será de 12 semanas, de las cuales las 4 primeras deben ser ininterrumpidas tras el parto. La madre podrá ceder hasta 2 semanas de su permiso de maternidad.
En 2021 y sucesivos años, será de 16 semanas (equiparando al fin el permiso de paternidad al de maternidad). De ellas, 6 semanas serán de disfrute obligatorio para ambos progenitores y a jornada completa. Las restantes 10 semanas pueden tomarse de manera total o parcial, y dentro de los 12 meses de edad del bebé.
- Planes de igualdad. Hasta la fecha, sólo eran obligatorios en empresas de más de 250 trabajadores. A partir de la promulgación de esta norma, se establece un período transitorio en orden a la aprobación de este plan dependiendo del tamaño de las empresas:
- Empresas de entre 151 y hasta 249 trabajadores: dispondrán de un año.
- Empresas de entre 101 y hasta 150 trabajadores: dispondrán de dos años.
- Empresas de entre 50 y hasta 100 trabajadores: dispondrán de tres años.
Las empresas de menos de 50 trabajadores no tienen obligación de elaborar y registrar el plan. El resto de empresas, según lo expuesto atendiendo a su tamaño, deben registrar dichos planes en el Registro de Planes de Igualdad.
Incumplir lo expuesto en esta cuestión, será considerado infracción grave (de 626 € a 6.250 € dependiendo de la graduación).