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Cambios memoria

Modificaciones en el contenido de la memoria abreviada y pymes (I)

Real Decreto 602/2016 de 2 de diciembre. Este real decreto será de aplicación para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2016. A continuación detallamos las principales variaciones que afectan al contenido de las memorias abreviada y de pymes

a)  Menciones que suponen una modificación respecto de su contenido

o    Nota 1. Actividad de la empresa:

­  Solo se informará del nombre y domicilio de la sociedad dominante que haya formulado cuentas consolidadas del grupo menor de empresas del que forme parte la sociedad (Abreviada).

o    Nota 6. Activos financieros:

­  Se presentará, solo para cada clase de activos financieros no corrientes, un análisis del movimiento durante el ejercicio y de las cuentas correctoras representativas de las pérdidas por deterioro originadas por el riesgo de crédito (Abreviada y Pymes).

o    Nota 8. Fondos Propios:

­  En el caso de acciones o participaciones propias se mantienen las necesidades de información excepto la referida al importe de la reserva de la que no es necesario informar (Abreviada y Pymes).

 o    Nota 12.Operaciones con partes vinculadas

­  Se ajusta el número de categorías de partes vinculadas, pasando de 7 a 6 categorías.

 b)  Menciones que suponen una novedad respecto el anterior contenido de la memoria.

 o    Nota 6. Activos financieros:

­  Cuando los activos financieros se hayan valorado a valor razonable, se presentará un cuadro que refleje los movimientos del patrimonio en el ejercicio como consecuencia de los cambios de valor razonable (Abreviada y Pymes).

o    Nota 8. Fondos Propios:

­  Se informará, en el caso de sociedades anónimas, del importe del capital autorizado por la junta para que los administradores lo pongan en circulación, indicando el periodo al que se extiende la autorización (Abreviada y Pymes).

o    Nota 9. Situación fiscal:

­  Se informará por el gasto por impuesto sobre beneficios corriente (Abreviada y Pymes).

­  Se especifica la obligación de aportar cualquier otra información cuya publicación venga exigida por la norma tributaria (Abreviada y Pymes).

o    Nota 13. Otra información:

­  El importe y la naturaleza de determinadas partidas de ingresos o gastos cuya cuantía o incidencia sean excepcionales. En particular, se informará de las subvenciones, donaciones o legados recibidos (Abreviada y Pymes).

­  Compromisos financieros, garantías o contingencias que no figuren en el balance, con indicación de las garantías reales proporcionadas. (Abreviada y Pymes).

­  Compromisos existentes en materias de pensiones (Abreviada y Pymes).

­  La naturaleza y consecuencias financieras de las circunstancias de importancia relativa significativa que se produzcan tras la fecha de cierre de balance y que no se reflejen en la cuenta de pérdidas y ganancias o en el balance, y el efecto financiero de tales circunstancias (Abreviada y Pymes).

­  Cualquier información relevante o voluntaria que quiera suministrar la empresa (Abreviada y Pymes).

 

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