Medidas urgentes
Habíamos perdido la costumbre, pero el pasado 26 de junio se publicó en el BOE un Real Decreto-ley con medidas urgentes en materia fiscal. Las repasamos agrupadas por tributos
IVA
1.- Desde el 1/7/2024 y hasta el 30/09/2024, se seguirá aplicando el tipo del 5% a los aceites de semillas y las pastas alimenticias. Desde el 1/10/2024 hasta el 31/12/2024, se aplicará el tipo del 7,5%
El aceite de oliva pasa del 5% al 0%.
3.- Seguirá aplicándose hasta el 30/09/2024 el tipo del 0% al pan común, masa de pan común congelada y pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común; harinas panificables; leche de origen animal; quesos; huevos; frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales, y; aceite de oliva.
Desde el 1/10/2024 hasta el 31/12/2024, se aplicará el tipo del 2%.
Desde el 1/1/2025 tributarán al 4%.
Impuesto sobre Sociedades
1.- Libertad de amortización en determinados vehículos eléctricos afectos a actividades económicas y en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.
2.- Reserva de capitalización: se incrementa la reducción de la base imponible que pasa del 10% al 15% del importe del incremento de fondos propios de la entidad.
Se reduce de 5 a 3 años el tiempo que debe mantenerse el importe del incremento de los fondos propios de la entidad, salvo por la existencia de pérdidas contables en la entidad.
IRPF
1.- Con efectos desde el 1/1/2024, se introducen las siguientes modificaciones:
– Se incrementa la reducción por obtención de rendimientos del trabajo en el primer tramo, que pasa de 6.498 a 7.302 € anuales y se la aplicarán los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 14.852 euros (anteriormente 14.047,5 euros).
– Se eleva la cuantía de rendimientos del trabajo a partir de la cual existe obligación de declarar de 15.000 a 15.876 euros anuales.
– Libertad de amortización en determinados vehículos eléctricos y en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos para contribuyentes que desarrollen una actividad económica.
