Medidas quirúrgicas para mejorar el estado del bienestar.
Aunque no somos partidarios, a diferencia del Gobierno, de hablar de medidas que no estén en el BOE, debemos hacernos eco de la presentación en PowerPoint con la que, en rueda de prensa, se ilustraron las “medidas fiscales para la justicia social y la eficiencia económica”. Enumeramos.
Impuesto de solidaridad de las grandes fortunas: Será un impuesto de carácter temporal (2023 y 2024) para los patrimonios superiores a tres millones de euros. Aplicará tipos de 1,7 % entre 3 y 5 millones, el 2,1 % entre 5 y 10 y el 3.5 % para más de 10. De la cuota resultante se deducirá la satisfecha por el Impuesto sobre el Patrimonio, que, como es sabido nació en 1977 como impuesto excepcional y transitorio.
En IRPF, el gravamen de las “rentas de capital” entre 200.000 y 300.000 euros aumenta un punto hasta el 27 % y dos, hasta el 28 % para rentas superiores a 300.000 euros. Cabe suponer que se refiere a la tarifa de la renta del ahorro, y aumentarla sonaría más feo. En otro caso tendrían que crear una nueva tarifa en el IRPF.
En IRPF, igualmente se aumenta la reducción por rendimientos del trabajo de 18.000 a 21.000 euros y el mínimo “de tributación” (obligación de declarar, suponemos) sube de 14.000 a 15.000 euros.
En IRPF, se establece una rebaja del 5% para el rendimiento neto en módulos y se eleva del 5% al 7 % la reducción de gastos de difícil justificación en EDS.
En el impuesto sobre sociedades se rebaja el tipo del 25 al 23 % para “pequeñas empresas”. Según parece quedarían incluidas en esta categoría las de cifra de negocio inferior a 1.000.000 de euros. No confundir con las empresas de reducida dimensión.
Se limita en un 50 % la posibilidad de compensar pérdidas (bases negativas, suponemos) en el régimen de consolidación fiscal, que con esta medida queda seriamente tocado en su fundamento. Al parecer solo afectará a 3.609 empresas, de manera que mal de tontos consuelo de muchos.