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LIS y memoria

La vida sigue igual… (de momento)

El pasado 28 de diciembre el BOE publicó un Real Decreto-Ley con algunas medidas fiscales, que no hacen más que mantener la situación actual en cuanto a la tributación en módulos y a la obligación de declarar el Impuesto sobre el Patrimonio

Las principales medidas fiscales recogidas en este Real Decreto-Ley serían:

IRPF

Se prorrogan para 2020 los límites aplicables a la tributación por módulos, quedando excluidos de módulos quienes superen las siguientes cifras:

Volumen de ingresos en el año anterior superior a 250.000 euros para el conjunto de actividades, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales. Las operaciones en las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea empresario, no podrán superar 125.000 euros.

Volumen de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas superior a 250.000 euros.

Volumen de compras en bienes y servicios en el año anterior, excluidas las adquisiciones del inmovilizado, superior a 250.000 euros.

Además, se establece un nuevo plazo de renuncia o revocación para el año 2020 al método de estimación objetiva del IRPF: del 29 de diciembre de 2019 al 29 de enero de 2020.

IVA

Se prorrogan para 2020 los límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, no pudiendo estar en estos regímenes quienes superen las siguientes cuantías:

Volumen de ingresos en el año anterior superior a 250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales.

Volumen de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas superior a 250.000 euros.

Volumen de compras e importaciones en bienes y servicios en el año inmediato anterior, excluidas las adquisiciones del inmovilizado, superior a 250.000 euros.

También se establece un nuevo plazo de renuncia o revocación para el año 2020 del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, del 29 de diciembre de 2019 al 29 de enero de 2020.

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

Se prorroga para 2020 la obligación de declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio.

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