IRPF 2020: Novedades y plazos
Pocas cosas nuevas en el IRPF de 2020 y casi todas ellas relacionadas con la pandemia, para tratar de paliar sus efectos en los contribuyentes más afectados por la misma.
El Ingreso Mínimo Vital está exento, si bien las personas titulares del mismo y las integrantes de la unidad de convivencia están obligadas a presentar declaración.
En los arrendamientos, se reduce de 6 a 3 meses el plazo para que las cantidades impagadas por el inquilino se consideren saldos de dudoso cobro y resulten deducibles. Solo en 2020 y 2021.
Las ayudas públicas para la primera instalación de jóvenes agricultores podrán imputarse por cuartas partes, en el año en que se obtengan y en los tres siguientes.
Para los contribuyentes con actividad económica en estimación directa, se reduce de 6 a 3 meses el plazo para poder deducir las pérdidas por deterioro de créditos. Solo en 2020 y 2021.
En módulos, no se computarán como período en el que se hubiera ejercido la actividad ni los 99 días del estado de alarma del primer semestre de 2020, ni los días del segundo semestre en los que se haya visto suspendida la actividad por la autoridad competente.
Se incrementa un 5% la deducción por donativos.
El plazo de presentación de la declaración es desde el 7 de abril hasta el 30 de junio.
Puede fraccionarse, como siempre, en dos pagos: 60% al presentar la declaración y 40% el 5 de noviembre, sin intereses ni recargo.
Los beneficiarios de prestaciones por ERTE, pueden pedir un fraccionamiento en 6 pagos mensuales desde el 20 de julio al 20 de diciembre.