IRPF 2014: Hay quien no tiene por qué declarar
Iniciado el plazo para la declaración del IRPF y con él una omnipresente campaña de información y de noticias en torno dicha declaración, sin embargo, no todo el mundo se da por aludido. Aunque Hacienda somos todos, hay personas que no tienen obligación de presentar la declaración por no haber superado un determinado nivel de ingresos.
En general, si la fuente principal de ingresos son los rendimientos del trabajo y no se han superado los 22.000 €, no existirá obligación de declarar. No obstante, si se han tenido dos o más pagadores durante 2014 el límite para no tener que declarar baja hasta 11.200 € (siempre que los rendimientos procedentes del segundo y restantes pagadores -por orden de cuantía- superen 1.500 €).
El límite de 11.200 € también se aplica cuando se han percibido rentas sujetas a un tipo fijo de retención (administradores) o el pagador no tiene obligación de retener (empleadas de hogar).
No obstante, aunque las rentas del trabajo no superen los umbrales indicados, para que no exista obligación de declarar tampoco pueden superarse otros límites:
– 1.600 € de rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención;
– 1.000 € de imputaciones de rentas inmobiliarias, rendimientos de Letras del Tesoro y subvenciones para adquirir viviendas protegidas;
– 500 € de pérdidas patrimoniales.
– No deben haberse obtenido rendimientos de actividades económicas ni del capital inmobiliario (salvo que estos rendimientos, sumados a las rentas del trabajo, capital mobiliario y ganancias patrimoniales no superen 1.000 €).
En cualquier caso, aunque no exista obligación de presentar la declaración, en ocasiones presentarla permitirá obtener la devolución de las retenciones soportadas durante el ejercicio correspondiente.