Consultas ICAC sobre el periodo medio de pago
El ICAC, recientemente, ha publicado en su último boletín nuevas consultas de contabilidad. Nos centramos en la primera de ellas
El ICAC recapitula y dice que, en cuanto a las sociedades mercantiles:
- Todas las sociedades mercantiles tienen la obligación de incluir en la memoria de sus cuentas anuales el periodo medio de pago a proveedores calculado conforme a la Resolución del ICAC, de 29 de enero de 2016.
- Además, cuando estás sociedades mercantiles sean cotizadas o, no siendo cotizadas no presenten cuentas anuales abreviadas, tienen la obligación de publicar en su web (solo si la tienen para las no cotizadas) el periodo medio de pago a proveedores, el volumen monetario y número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido en la normativa de morosidad y el porcentaje que suponen sobre el número total de facturas y sobre el total monetario de los pagos a pagos a proveedores. Esta misma información debe incorporarse a la memoria de sus cuentas anuales.
La duda en relación con las mutuas de seguros, sociedades cooperativas y entidades sin ánimo de lucro debe resolverse en función de si las mismas realizan actos de comercio. Así:
- Respecto a las sociedades cooperativas, deben informar sobre el periodo medio de pago puesto que son sociedades constituidas para la realización de actividades empresariales
- Respecto a las mutuas de seguros, también deben informar sobre el periodo medio de pago en cuanto son sociedades mercantiles.
- En cuanto a las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, quedarían excluidas del ámbito de informar sobre este aspecto dado que las mismas no pueden considerarse sociedades mercantiles, ni tienen entre sus fines principales, realizar actos de comercio.
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