Actualizada la cuantía exenta de gastos de viaje en IRPF
El IRPF establece que quedarán exceptuadas de gravamen las asignaciones para gastos de locomoción y normales de mantenimiento y estancia en establecimientos de hostelería.
Los gastos de locomoción quedan exceptuados de gravamen, según una primera fórmula, si se reembolsa al trabajador el precio del medio publico utilizado justificado mediante la correspondiente factura.
En otro caso, reservado, generalmente para uso de medios propios del trabajador, se permite exceptuar de gravamen una cantidad fija por kilómetro recorrido. Hasta la fecha dicha cantidad se limitaba a 0.19 euros por kilómetro recorrido.
Una orden recién publicada revisa dicha cuantía de las asignaciones para gastos de locomoción aumentándola hasta 0,26€ por km recorrido.
Esta modificación no afecta a los requisitos esenciales para la aplicación del régimen especial; relación laboral, desplazamiento fuera del lugar de trabajo y justificación de la realidad del desplazamiento.
