Vacaciones, mejor, sin notificaciones
Todos los contribuyentes que reciban las notificaciones de la Agencia Tributaria por medios electrónicos, a través de la Dirección Electrónica Habilitada, tienen la posibilidad de señalar hasta un máximo de 30 días al año durante los cuales la Agencia no podrá enviar notificaciones a esa Dirección Electrónica Habilitada.
Estos 30 días de cortesía son de libre elección, con el único requisito de solicitarlos con una antelación mínima de 7 días naturales con respecto al primer día en que vaya a surtir efecto, sin necesidad de agrupar un mínimo de días.
Si durante las vacaciones no vamos a tener acceso al correo electrónico o, simplemente, queremos estar desconectados, tranquilos y con la seguridad de que la Agencia Tributaria no nos va a dejar ninguna notificación en nuestro buzón electrónico durante este período, es el momento de seleccionar esos días de cortesía que nos garantizarán un descanso tranquilo, al menos en lo que a notificaciones tributarias se refiere.
Es recomendable que los días de cortesía no coincidan estrictamente con los de vacaciones, sino que conviene iniciar ese período de cortesía algunos días antes para evitar recibir una notificación importante en el último momento, que nos complique el inicio de las vacaciones.
La ruta para señalar los 30 días de cortesía en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria es la siguiente: Sede Electrónica/ Mis notificaciones / Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en la Dirección Electrónica Habilitada.
Después de esto, felices vacaciones, sin notificaciones.