Se mantienen los límites de exclusión de módulos
La referencia del Consejo de Ministros del 29 de diciembre de 2017 recoge determinadas medidas en el ámbito tributario, entre las que destaca el mantenimiento de los límites de exclusión al régimen de estimación objetiva “módulos” para el año 2018.
Hace pocos días hablábamos sobre la incertidumbre que había entre los contribuyentes en módulos que pudieran verse afectados, pues recordemos que la reducción en los límites de los módulos que se estableció transitoriamente para 2016 y 2017, en cuanto al volumen de ingresos y compras de bienes y servicios, finalizaba para 2018.
Finalmente, ahora de nuevo, se prorrogan un año más los límites de exclusión del régimen de estimación objetiva que se venían aplicando en 2016 y 2017. Eso sí, para 2019 se deberán volver a prorrogar estos límites, por lo que hasta entonces seguirá habiendo la misma incertidumbre.
Con todo ello, la situación para 2018 sería la siguiente:
Límites para 2018 | |
Importes año anterior | |
Volumen de ingresos para el conjunto de actividades | 250.000 € (total operaciones) |
Volumen de ingresos (si hay obligación de expedir factura: destinatario empresario o profesional) | 125.000 € |
Volumen de ingresos de las actividades agrícolas y ganaderas | 250.000 € (operaciones en el libro de ingresos) |
Volumen de compras del conjunto de actividades | 250.000 € |