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Calendario IRPF año 2016

Medidas tributarias del Consejo de Ministros (Procedimiento)

La referencia del último Consejo de Ministros del año contempla una gran variedad de medidas. Nos referimos a las más destacadas en materia de procedimientos y gestión tributaria. En concreto   a las modificaciones en los reglamentos de desarrollo de la Ley General Tributaria

Nueva obligación de información para intermediarios en arrendamientos turísticos: deberán identificar a los cesionarios y cedentes, la vivienda cedida y el importe por el que se ha cedido

Nueva regulación de las subastas administrativas a través del Portal de Subastas del BOE

Desarrollo reglamentario del nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información en el IVA (SII). Además, en el Reglamento del Régimen Sancionador Tributario se desarrollan las sanciones asociadas al SII: por omisión, por retraso en la llevanza de los Libros Registro

Será obligatorio presentar las consultas tributarias por medios electrónicos para los sujetos que deban relacionarse con la Administración por estos medios. También se adaptan los preceptos reglamentarios a la utilización de medios electrónicos en la emisión y notificación de comunicaciones, diligencias y actas.

Se adapta el Reglamento de Aplicación de los Tributos a nueva tramitación administrativa del delito fiscal, el plazo legal del procedimiento inspector, la sanción de la planificación fiscal agresiva.

El Reglamento de Aplicación de los Tributos incluye el reconocimiento de las asociaciones profesionales de la asesoría fiscal como sujetos colaboradores en la aplicación de los tributos.

Se contempla, la posibilidad de atribuir a los miembros de un Tribunal Económico-Administrativo la función de resolver reclamaciones propias de la competencia de otro.

El Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario establece que no se incurrirá en responsabilidad por falta de presentación de declaraciones por medios electrónicos o telemáticos, cuando se hubiera presentado por otros medios y siempre que posteriormente se produzca la presentación por dichos medios, sin requerimiento previo.

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