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Reducción de sanciones; para no discutir

La Ley General Tributaria contiene una regulación prolija de sanciones que pueden verse reducidas si el contribuyente consiente con las pretensiones de la Administración. Estas reducciones constituyen un auténtico incentivo a no discutir. A pesar de lo cual, están los tribunales que se salen.

Tres son los supuestos en los que se aplica reducción de las sanciones:

  1. Conformidad: Las sanciones pecuniarias se reducirán en un 30 % en caso de conformidad del contribuyente con la regularización propuesta por la Administración. No es necesario que la conformidad se extienda a la sanción y liquidación de intereses de demora. Se pierde la reducción en caso de recurso.
  2. Acuerdo: La reducción será del 50 % de las sanciones en el caso actas con acuerdo, por lo que ese supuesto se circunscribe al procedimiento de inspección. Ninguna definición mejor para etas actas que su nombre pues concretan un acuerdo sobre cuestiones de hecho o de derecho a precisar. El acuerdo alcanza a las sanciones y es necesario garantizar su pago.
  3. Ingreso y no recurso: La reducción se aplica cuando se realiza el ingreso de la liquidación girada en el periodo voluntario o dentro de los plazos fijados en el aplazamiento concedido. Se pierde en el caso de recurso contra la sanción Se trata de una reducción del 25 % una vez aplicada, en su caso, la sanción por conformidad con la que es compatible. No lo es con la reducción por acuerdo.

La finalidad de estos mecanismos es reducir la litigiosidad fiscal que se concretaba según datos recientes en 300.000 recursos sin resolver en los tribunales económico administrativos.

Debemos considerar además las molestias, gastos, oportunidades para dejar pasar un plazo con consecuencias nefastas, y, en general la paciencia que se requiere para asumir un pleito con la Administración.

A pesar de todo esto la acumulación de recursos alcanza los niveles citados. Algo no funciona bien en nuestro sistema y lejos de arreglar la enfermedad, a través de incentivos y desincentivos se atacan los síntomas.

La conclusión es que es que, en todo este proceso, hay una clara perjudicada; la justicia.

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