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Planifique la declaración de la Renta 2021

Termina el año y entramos en los últimos días para planificar nuestro IRPF de 2021 y pagar menos en la declaración. Repasamos las reducciones y deducciones más habituales a tener en cuenta.

REDUCCIÓN POR APORTACIONES A PLANES DE PENSIONES: La reducción por aportaciones a planes de pensiones o mutualidades de previsión social tienen un límite de 2.000 €/año (antes 8.000) o el 30% sobre los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del año (el menor de los dos). Las aportaciones realizadas a favor del cónyuge (sin rentas o inferiores a 8.000 €/año) tienen un límite de 1.000 € /año (antes 2.500).

 

DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL: Se mantiene solo si se practicó deducción por vivienda habitual en IRPF 2012 o antes. 15% sobre una base máxima de 9.040 € anuales.

DEDUCCIÓN POR ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL: Solo para contratos previos a 1-1-2015, si se practicó esta deducción en IRPF 2014 o antes y base inferior a 24.107,20 €. 10,05% sobre una base máxima de 9.040 € / año.

DEDUCCIÓN POR OBRAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE VIVIENDAS: Desde el 06-10-2021 y hasta el 31-12-2022, deducciones por obras que mejoren la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada como vivienda permanente y de los edificios residenciales, acreditadas con certificado de eficiencia energética.

A) 20% de las cantidades satisfechas por obras para reducir un 7% la demanda de calefacción y refrigeración, sobre una base máxima de 5.000 € anuales.

B) 40% de las cantidades satisfechas por obras para mejorar el consumo de energía primaria no renovable un 30%, sobre una base máxima de 7.500 € anuales.

C) 60% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación energética en edificios de uso residencial (hasta 31-12-2023), sobre una base máxima de 5.000 € anuales.

DONATIVOS Y APORTACIONES A PARTIDOS POLÍTICOS: Entidades incluidas en la Ley de incentivos fiscales al mecenazgo, hasta 150 €: 80%, resto: 35%; conservación, reparación y difusión de bienes de interés cultural: 15%; fundaciones legalmente reconocidas y asociaciones declaradas de utilidad pública: 10%; a partidos políticos: 20%.

DEDUCCIONES PARA CONTRIBUYENTES CON ACTIVIDAD ECONÓMICA: Deducción por reinversión de beneficios en inmovilizado material nuevo o inmuebles afectos a la actividad, por creación de empleo o por actividades de I+D.

DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN EMPRESAS DE NUEVA O RECIENTE CREACIÓN: Deducción del 30% de las cantidades invertidas en la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación (en los 3 primeros años). Base máxima de la deducción: 60.000 € /año.

DEDUCCIONES AUTONÓMICAS:

Las CC.AA. pueden tener deducciones propias, por ejemplo, por gastos de escolaridad, nacimiento de hijos, discapacidad o arrendamiento de vivienda, según los casos.

 

 

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