Novedades en el impuesto sobre sociedades
La Ley de Presupuestos Generales del Estado contempla algunas novedades para 2021 en varios impuestos, entre los cuales se encuentra el Impuesto sobre Sociedades. A continuación, tratamos de sintetizar las mismas.
- Exención de dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios: Quedan exentos los dividendos y plusvalías en la transmisión de participaciones sólo cuando el porcentaje de participación en el capital o en los fondos propios de la entidad sea, al menos, del 5%.
Para las participaciones con valor de adquisición superior a 20.000.000 € y porcentaje de participación inferior al 5%, se aplicará un régimen temporal hasta 2025.
Se reduce al 95% la exención por los dividendos y plusvalías en la transmisión de participaciones para entidades con Cifra de Negocio en el periodo anterior, igual o superior a 40.000.000 €.
- Limitación de la deducibilidad de gastos financieros: A efectos de determinar el beneficio operativo, sólo se incluirán los ingresos por dividendos en las que el porcentaje de participación sea, al menos, del 5%.
Es decir, ya no se podrá considerar como beneficio operativo, los ingresos por dividendos de participaciones en las que el valor de adquisición de la participación sea superior a 20.000.000€, y el porcentaje de participación inferior al 5%.
- Deducción para evitar la doble imposición económica internacional por dividendos y participaciones en beneficios: Igual que sucede con la exención, sólo se tendrá derecho a la deducción de los dividendos y plusvalías en la transmisión de participaciones cuando el porcentaje de participación en el capital o en los fondos propios de la entidad sea, al menos, del 5%.
La deducción ya no se aplicará cuando el valor de adquisición de la participación sea superior a 20.000.000€ y la participación inferior al 5%.
- Eliminaciones de los grupos de consolidación: No se eliminará en la Base individual el 5% de las rentas por dividendos o plusvalías en la transmisión de participaciones.
- Transparencia fiscal internacional: Se reduce en un 5% el importe de los dividendos (de una filial internacional transparente) que no se integra en la Base imponible, salvo para entidades con Cifra de negocio en el ejercicio anterior, inferior a 40 millones de euros.