Normas de cotización para el año 2022
Este 31 de marzo se ha publicado la Orden PCM/244/2022 de 30 de marzo, la cual desarrolla las obligaciones en materia de cotización a la Seguridad social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía salarial y formación profesional para este año
Al igual que cada año, se desarrollan las normas de cotización, y esta es la Orden Ministerial que se ha encargado de ello. Se repite el esquema normativo clásico, actualizando ciertas cifras. Las más trascendentes son:
- Actualización de bases mínimas de cotización para el Régimen General.
Haciéndose eco del nuevo salario mínimo, y con el mismo problema del redondeo a mayores de la última vez que éste se modificó (para septiembre de 2021), se han modificado las bases mínimas de todos los grupos de cotización.
Así, del grupo 4 al 7 la base mínima será 1.166,70 € (redondeando los 1.166,67 que supone el nuevo SMI), el grupo 3 de 1.175,40 €, el grupo 2 de 1.351,20 € y el grupo 1 de 1.629,30 €.
Las bases mínimas de los grupos diarios (del 8 al 11) se sitúan en 38,89 (resultado de dividir 1.166,70 entre 30 días).
Será de esperar que al igual que harán con las diferencias de cotización por la anterior actualización del SMI y consecuentes bases, la Seguridad Social emita recibos complementarios por las posibles diferencias no cotizadas en enero y febrero, mientras que las empresas tendrás que asumir la obligación de reformular las nóminas y cotizaciones de marzo.
- Cambio de porcentajes de cotización en el Régimen General de Trabajadores Autónomos.
Para este ejercicio, con carácter general, se cotizará un 0,3% más que el ejercicio anterior, derivado de la subida de 1,1% al 1,3% de la cotización por contingencias profesionales, y del 0,8% al 0,9% por la cotización del cese de actividad.