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No demore en exceso el cobro del plan de pensiones

Las prestaciones del plan de pensiones procedentes de aportaciones anteriores al 1-1-2007 tienen una reducción del 40% en el IRPF del perceptor, si se cobran en forma de capital. Pero esa reducción tiene fecha de caducidad. Si la jubilación se produjo en el año 2010 o antes y todavía no se ha cobrado el plan de pensiones, deberá hacerse antes de que acabe este año 2018 si se quiere aplicar la reducción.

A continuación recordamos los plazos para rescatar el plan de pensiones si se quiere disfrutar de la reducción y qué ocurre si se tienen varios planes de pensiones.

– Si la jubilación se produce a partir del 1-1-2015, solo se aplica la reducción a la prestación en forma de capital obtenida en el ejercicio de la jubilación, o en los dos ejercicios siguientes;

– Si la jubilación se produjo en los años 2011 a 2014, solo se aplica la reducción a la prestación en forma de capital obtenida antes de la finalización del octavo año siguiente a aquel en el que tuvo lugar la jubilación;

– Si la jubilación fue en los años 2010 o anteriores, solo se aplica la reducción a la prestación en forma de capital obtenida hasta el 31-12-2018.

Si la prestación en forma de capital se cobra fuera de los plazos señalados, no hay reducción.

Si se tienen varios planes de pensiones, la reducción del 40% solo puede aplicarse a las cantidades percibidas en un único año. Si se perciben otras cantidades procedentes de planes de pensiones en otros años, aunque se perciban en forma de capital no tendrán la reducción del 40 por 100.

Dos últimas notas; si el plan se cobra en forma de renta (temporal o vitalicia), tributará la cantidad total percibida cada año sin reducción alguna; y si es en forma mixta (capital y rentas), la reducción del 40% solo puede aplicarse a la prestación en forma de capital consistente en un pago único y nunca a los cobros en forma de renta.

 

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