Modificaciones en el contenido de la memoria abreviada y pymes (II)
Como continuación del artículo anterior, en esta segunda parte reseñamos aquellas menciones que, a partir de la última reforma, ya no es necesario incluir en las memorias abreviada y de pymes.
a) Menciones que, tras la modificación, han sido eliminadas
o Nota 3. Aplicación de resultados: Se suprime la propuesta de distribución de resultados.
o Nota 4. Normas de registro y valoración: No se informará sobre los intangibles de vida útil indefinida.
o Nota 5. Inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias: No se detallarán los inmovilizados intangibles con vida útil indefinida.
o Nota 6. Activos financieros:
No se informará sobre el valor en libros de cada una de las categorías de activos financieros.
No se informará sobre las empresas del grupo, multigrupo y asociadas.
o Nota 7. Pasivos financieros:
No se informará sobre el valor en libros de cada una de las categorías de pasivos financieros.
No se informará sobre las líneas de descuento y pólizas de crédito (Abreviada)
o Nota 8. Fondos Propios:
No será necesario dar ningún tipo de información cuando existan varias clases de acciones o participaciones.
No será necesario informar sobre circunstancias específicas que restringen la disponibilidad de las reservas.
o Nota 9. Situación fiscal: No será necesario informar sobre (Abreviadas y pymes):
Información relativa a las diferencias temporarias deducibles e imponibles registradas en el balance al cierre del ejercicio.
Antigüedad y plazo previsto de recuperación fiscal de los créditos por bases imponibles negativas.
Incentivos fiscales aplicados en el ejercicio y compromisos asumidos en relación con los mismos.
Provisiones derivadas del impuesto sobre beneficios así como sobre las contingencias de carácter fiscal y sobre acontecimientos posteriores al cierre que supongan una modificación de la normativa fiscal que afecta a los activos y pasivos fiscales registrados. En particular se informará de los ejercicios pendientes de comprobación.
Sobre cualquier circunstancia de carácter significativo en relación con otros tributos.
o Nota 10.Ingresos y gastos:
No será necesario desglosar las partidas 4. “aprovisionamientos” y 7. “otros gastos de explotación”.
No será necesario detallar los ingresos producidos por permuta de bienes.
No será necesario informar por los resultados originados fuera de la actividad normal de la empresa.
o Nota 11.Subvenciones, donaciones y legados
No será necesario informar del importe y características de las subvenciones, donaciones y legados recibidos..
No será necesario realizar un análisis de los movimientos de las partidas que aparecen en el del balance.
No será necesario informar sobre el origen de las subvenciones, donaciones y legados.
o Nota 12.Operaciones con partes vinculadas
No será necesario informar de los gastos reconocidos en el ejercicio como consecuencia de deudas incobrables o de dudoso cobro de partes vinculadas (abreviada).
No será necesario informar sobre el importe de los sueldos, dietas y remuneraciones devengados por el personal de alta dirección y los miembros del órgano de administración.
Las sociedades anónimas no tienen que informar sobre la participación no deberán especificar la participación, cargos y funciones de los administradores en otra sociedad con el mismo, análogo o complementario género de actividad.