Modelo 232: Declaración informativa de operaciones vinculadas
La vigilancia de las operaciones vinculadas por parte de la Agencia Tributaria se ha intensificado en los últimos años, consolidándose el Modelo 232 como herramienta clave para ello.
Como obligados a presentar esta declaración se encuentran los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, del IRNR con establecimiento permanente y las entidades extranjeras en atribución de rentas con presencia en España.
El plazo de presentación es el mes siguiente a los 10 meses posteriores al cierre del periodo impositivo. Si la fecha de cierre del ejercicio es el 31 de diciembre, el plazo de presentación será a lo largo del mes de noviembre del año siguiente.
En el Modelo 232 se declaran las operaciones con personas o entidades vinculadas siempre que superen los 250.000 euros con una misma contraparte, las operaciones específicas que excedan los 100.000 euros, y aquellas operaciones del mismo tipo y método de valoración que representen más del 50% de la cifra de negocios.
Entre las operaciones específicas destacan las realizadas por contribuyentes en estimación objetiva, transmisiones de negocios, participaciones en entidades no cotizadas, operaciones sobre inmuebles y activos intangibles.
Uno de los aspectos más relevantes del Modelo 232 es la correcta identificación y aplicación de los métodos de valoración de precios de transferencia, fundamentales para justificar que las operaciones se realizan a valor de mercado. Los principales métodos reconocidos son:
- Precio Libre Comparable (CUP): Compara el precio de bienes o servicios en una operación vinculada con el de operaciones similares entre partes independientes.
- Precio de Reventa (RPM): Deduce un margen de beneficio apropiado al revendedor sobre el precio de venta a terceros.
- Coste Incrementado (CPM): Añade un margen de beneficio al coste de producción o adquisición incurrido por el proveedor.
- Reparto del Beneficio (PSM): Asigna el resultado común de la operación entre las entidades vinculadas según criterios de mercado.
- Margen Neto Operacional (TNMM): Determina el margen neto de beneficio atribuible al contribuyente en la operación vinculada.
La no presentación, la presentación fuera de plazo o la incorrecta presentación del Modelo 232 puede conllevar sanciones económicas, que varían según la gravedad y el volumen de las operaciones no declaradas, con multas que pueden ir desde los 300 euros hasta los 20.000 euros, y proporcionales al importe omitido.
