Modelo 232: Declaración informativa de operaciones con partes vinculadas
Hace años que hacienda pretende vigilar estas operaciones, motivo por el cual creó una nueva declaración informativa de operaciones con partes vinculadas y operaciones y situaciones relacionadas con paraísos fiscales, el modelo 232.
En 2017 se creó esta nueva declaración para informar sobre ciertas operaciones con partes vinculas. Hasta entonces, dicha información se declaraba en el Impuesto sobre Sociedades, pero a partir de este año existe una declaración específica para suministrar esta información a la Agencia Tributaria, el modelo 232.
Obligados a presentar el modelo 232:
- Contribuyentes del Impuesto sobre sociedades
- Contribuyentes del I.R.N.R. con establecimiento permanente
- Entidades extranjeras en atribución de rentas con presencia en España.
Plazo de presentación: El mes siguiente a los 10 meses posteriores a la finalización del periodo.
Operaciones a declarar:
- Operaciones con personas o entidades vinculadas.
- Operaciones con personas o entidades vinculadas en caso de aplicación de la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles.
- Operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.
Dentro del bloque a) anterior, será obligatorio informar:
- Las operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada cuyo importe conjunto supere los 250.000 euros.
- Las operaciones específicas, siempre que el importe conjunto de cada una de este tipo de operaciones en el período impositivo supere los 100.000 euros.
- Todas las operaciones del mismo tipo que utilicen el mismo método, siempre que el importe conjunto de estas en el ejercicio supere el 50 % de la cifra de negocios.
Son operaciones específicas:
- Las realizadas por contribuyentes del IRPF en estimación objetiva (módulos) con entidades en las que participen ellos, su cónyuge, ascendientes o descendientes (de forma individual o conjuntamente entre todos ellos) en un 25 % o más.
- Las operaciones de transmisión de negocios.
- Las operaciones de transmisión de participaciones representativas en fondos propios de entidades no cotizadas (O cotizadas si están en paraísos).
- Las operaciones sobre inmuebles.
- Las operaciones sobre activos intangibles.
Régimen sancionador:
Infracción por no presentación (art. 198.1 LGT) à multa de 20 € por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera debido incluirse, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €.
Presentación del modelo fuera de plazo sin requerimiento previo à Se reducen a la mitad los importes anteriores.
Presentación del modelo de forma incorrecta o incompleta (art. 199.5 LGT) à multa proporcional del 0,5%, 1%, 1,5% o 2% del importe de las operaciones no declaradas o declaradas incorrectamente, si representan un porcentaje superior al 10%, 25%, 50% o 75%, respectivamente, de las operaciones que se tendrían que haber declarado.
En el caso de que el porcentaje fuera inferior al 10% à multa fija de 500 €.
Las multas del art. 199.5 se incrementan un 100% en caso de comisión repetida.
