Medidas fiscales de ida y vuelta: El baile de de los Reales Decretos
Un Real Decreto de 23/12/2025 contenía medidas fiscales que, al no ser convalidado por el Congreso dejaron de estar en vigor. Esas medidas se incluyeron en un nuevo R.D. de 3/2/2026 para restablecerlas. El 26 de febrero volvieron a dejar de estar en vigor las medidas al no convalidarse tampoco el R.D de 3/2/2026.
Resumimos las medidas tributarias que incluía el R.D. de diciembre, que dejaron de estar en vigor al no convalidarse, que volvieron a restablecerse por el R.D. de febrero, y que han vuelto a dejar de estar en vigor al no convalidarse tampoco este último R.D., a la espera de su inclusión un nuevo R.D. o de una interpretación de la AEAT que pudiera considerarlas aplicables en alguna medida por haber estado en vigor algunos días.
IRPF
Deducción por obras de eficiencia energética de viviendas. Se prorrogaba hasta el 31/12/2026. Para obras de rehabilitación energética de edificios de uso residencial, para obras realizadas hasta el 31/12/2027.
Deducción por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustión. Se ampliaba para adquisición de vehículos nuevos, no afectos a actividad, hasta el 31/12/2026.
Deducción por instalación de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos no afectos a actividad, en inmueble propiedad del contribuyente. Abarcaba hasta el 31/12/2026.
Imputación de rentas inmobiliarias. Se aplicaba el porcentaje del 1,1% (no el general del 2%) a inmuebles de municipios con valor catastral revisado a partir del 1/1/2012.
Límites para estar en módulos y en régimen simplificado y de agricultura y ganadería. Se prorrogaban hasta el 31/12/2026 los límites. Ingresos hasta 250.000 €; rendimientos por operaciones con factura y destinatario empresario o profesional 125.000 €, y; compras hasta 250.000 €.
Se suprimía la obligación de declarar para los solicitantes o perceptores de prestación de desempleo. Esta medida sí se mantiene en vigor.
IMPUESTO SOCIEDADES
Se ampliaba la libertad de amortización en inversiones que utilicen energía renovable, incluyendo 2026. Igual para inversiones en determinados vehículos eléctricos
MERCANTIL
Se mantenía en 2026 la exclusión de las pérdidas de los años 2020 y 2021 para determinar la causa de disolución por pérdidas.
