Excesos de aportaciones a planes de pensiones
Es ampliamente conocida la existencia de límites en las aportaciones a planes de pensiones. Lo que no es tan concido es la consecuencia de no respetar tales límites. Nos referimos a la normativa aplicable a 2014.
La normativa del IRPF establece que solo darán lugar a reducción en la base del impuesto las aportaciones que no superen el 30 % (50 % para mayores de 50 años) de la suma de los rendimientos del trabajo y actividades.
El exceso no deducido, en su caso, por insuficiencia de los rendimientos de tabajo y actividades será deducible en los cinco años siguientes respetando el mismo límite.
Sin embargo las consecuencias de exceder el límite absoluto de aportaciones de 10.000 euros (12.500 para mayores de 50 años) son mucho más graves, puesto que la ley prevé una multa específica del 50 por cien de dicho exceso.
Es posible evitar la responsabilidad si el exceso de aportacion sobre dicho límite absoluto, se retira del plan de pensiones antes del 30 de junio del año siguiente a aquel en el que se realizaron las aportaciones.