Cómo corregir un error en una factura
En ocasiones, tras emitir y enviar una factura nos damos cuenta de que hemos cometido un error en alguno de sus contenidos (datos del destinatario, importe, tipo de IVA repercutido, concepto facturado, fecha, número…), o que hemos omitido ese contenido. Aunque la primera tentativa sea la de emitir una factura de anulación en negativo por el total de la errónea para dejarla sin efecto y después emitir una nueva con el error subsanado, lo correcto será emitir una factura rectificativa.
El reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre) establece que la forma de corregir errores u omisiones en una factura es a través de las facturas rectificativas. No cabría anular una factura para volver a emitir otra por la misma operación.
En la factura rectificativa se harán constar los datos identificativos de la factura rectificada (número y fecha de la factura que se modifica) y, obviamente, el motivo de la rectificación. La factura rectificativa, que contendrá ya los datos correctos, debe cumplir asimismo todos los requisitos propios de cualquier factura en cuanto a su contenido.
Si la rectificación afecta al importe, al tipo de IVA o las cuotas de IVA, se podría hacer la rectificación de dos formas:
– indicando en la factura rectificativa tan sólo el importe de la rectificación, o
– reflejando en la factura los importes tal y como quedarían tras la rectificación efectuada, señalando igualmente el importe de dicha rectificación.
Las facturas rectificativas deben llevar una serie específica, admitiéndose la posibilidad de rectificar varias facturas en una única factura recificativa.