Cerrado por vacaciones ¿Notificado en vacaciones?
Las sociedades están obligadas a recibir sus notificaciones de carácter tributario en la DEH (Dirección Electrónica Habilitada). Las notificaciones se tiene por realizadas a los diez días de haber sido incorporadas al buzón, aunque no se descarguen.
Esto que es, evidentemente, muy cómodo para la administración, puede crear graves problemas para el administrado ya que la notificación, aunque sea presunta, tiene todos los efectos y supone el inicio de todos los plazos para pagar, recurrir o cumplir lo requerido.
Para paliar los posibles problemas derivados de este sistema tan ágil de notificación se estableció la posibilidad solicitar una serie de “días de cortesía”, concretamente 30 al año, en los que la AEAT no realizará notificaciones, de manera que pueda uno marcharse tranquilo de vacaciones, o darse una tregua por Navidad sin que la carta negra electrónica se haga protagonista.
Lo que hay que tener presente, es que los días solicitados para un ejercicio no se trasladan automáticamente al siguiente, de modo que cada año es necesario solicitarlos de nuevo, aunque es posible clonar el periodo de un año al siguiente.
La consulta y modificación de los días de cortesía solicitados se puede realizar en la sede electrónica de la AEAT, en el apartado notificaciones electrónicas y resulta altamente recomendable para tener la fiesta en paz.