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Cada autónomo a su mutua

El Inss se va quitando trabajo…
Será obligatorio para todos los autonomos asociarse a una mutua antes del 1 de abril de 2019

Aunque son pocos los autónomos que no están asociados a ninguna mutua y, por ende, están vinculados al INSS al objeto de cubrir la protección del subsidio de incapacidad temporal derivado de contingencias comunes (es decir, enfermedad común o accidente no laboral), se persigue que antes del 1 de abril de este año sean ninguno. Es decir, el INSS se vaciará de funciones en este sentido, correspondiendo a cada mutua elegida por cada autónomo la función de asumir la protección de estas contingencias.

Sólo aquellos autónomos que se incorporaron al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social con anterioridad al 1 de enero de 1998 pudieron optar por mantener dicha protección con el INSS, y los pocos que aún siguen estando asociados al mismo deben mover ficha y elegir y asociarse a una mutua antes de que finalice este trimestre. Para los menos duchos en esta materia, una nota de tranquilidad: la asociación a las Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social es gratuita, no conlleva costes de asociación ni de alta algunos. Las Mutuas se dedican a gestionar y colaborar en determinadas materias que la Seguridad Social ha descentralizado y puesto en manos de ellas, y esa gestión, al igual que la que hacía y de momento hace la Seguridad Social, no tiene coste.

Y en que se traduce todo esto: pues básicamente en que cada autónomo en cuestión que cause baja médica por enfermedad común o accidente no laboral deberá solicitar la correspondiente prestación económica ante su respectiva mutua, siendo ésta la que efectuará el pago y con la cual se sustanciará todo el proceso de aportación de partes de confirmación y alta.

 

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