Aumento en los pagos a cuenta del impuesto sobre sociedades
El gobierno en funciones aprobó en el consejo del viernes 30 de septiembre un Real Decreto Ley que aumenta al 23 o 25 % del resultado contable, el pago fraccionado para sociedades con cifra de negocio superior a 10.000.000 euros.
La medida, entra en vigor de forma inmediata para ser aplicable en el pago a realizar en octubre y pretende aumentar la recaudación en la medida suficiente para colmar los requerimientos de la Unión Europea.
Por una parte, el tipo aplicable para calcular el pago fraccionado será 19/20 del tipo impositivo (24 % para quienes tengan un tipo del 25 % y 29 % para quienes tributen al 30), pero además de esta subida del tipo aplicable, se establece un mínimo a ingresar del 23 % del resultado contable, mínimo que se eleva al 25 % para contribuyentes que tributen al 30 %.
Hay que señalar que la medida no afecta a las sociedades que calculan los pagos a cuenta sobre la cuota de la última declaración, ni tampoco a aquellas cuya cifra de negocio en el ejercicio anterior fue inferior a 10.000.000 euros.
Por lo tanto, se limita a 9.000 empresas el número de los afectados, según estimaciones del gobierno, para los que supone anticipar la recaudación del impuesto que se liquidará en julio de 2017. En este sentido el efecto sería fundamentalmente financiero, sin embargo, hay que destacar que al pago mínimo no se calcula sobre la base imponible (sobre la que finalmente se paga el impuesto) sino sobre el resultado contable de forma que no se computan bases negativas de ejercicios anteriores ni exenciones.
No obstante, la aplicación del nuevo pago fraccionado mínimo contará con algunas excepciones como las rentas derivadas de operaciones de quita consecuencia de un acuerdo de acreedores y las rentas exentas que afecten a entidades sin ánimo de lucro.
A pesar de su carácter de urgencia la modificación se establece con carácter definitivo hasta tanto no sea modificada por otra disposición con rango de Ley.