Adiós -en parte- al tope máximo de cotización
Ahora, quienes tienen un salario superior a la base máxima de cotización, solo cotizan hasta el límite de esa base máxima, con independencia de en cuanto la superen con su sueldo. Desde 2025 se aplicará la “cotización de solidaridad” para los salarios que excedan de la base máxima.
Según la reforma de las pensiones aprobada en marzo de 2023, desde el año 2025 está previsto que también se cotize por la parte del salario que exceda de la base de cotización.
Así, la denominada ‘cotización de solidaridad’ se aplicará sobre el tramo salarial que supere la base máxima de cotización. La base máxima de cotización actual es de 4.720,50 € mensuales.
El tipo sobre los trabajadores cuyas nóminas superan la base máxima de cotización prevista (de 56.646 euros anuales en la actualidad) comienza en el 0,92% en 2025 y llega al 5,5% en 2045 para retribuciones hasta el 10% superior a la base; en el 1% y hasta el 6% para retribuciones entre el 10% y el 50% superior a la base máxima; y en el 1,17% y hasta el 7% para retribuciones un 50% superiores a la base máxima.
El tipo más elevado se aplicaría sobre un salario de unos 85.000 euros en la actualidad.
Esta cuota solidaria no se aplicará a trabajadores autónomos. Se entiende que estos ya son bastante solidarios sin necesidad de ella
