Nuevo índice para la actualización del precio del alquiler

El INE ha introducido un nuevo índice de referencia para la actualización anual de la renta en los contratos de arrendamiento de vivienda, que sustituirá al IPC en los contratos firmados a partir del 25 de mayo de 2023.

Con el mercado del alquiler en España en plena crisis, se publicó en mayo del 2023 la Ley 12/2023, por el Derecho a la Vivienda, entre cuyos objetivos principales estaba contener el incremento desproporcionado de los precios del alquiler.

Para dar cumplimiento a dicha Ley, el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha introducido un nuevo índice de referencia para la actualización anual de la renta en los contratos de arrendamiento de vivienda, que se conoce como “IRAV” y que sustituirá al IPC para la actualización de los contratos firmados a partir del 25 de mayo de 2023.

Es decir, que el IRAV no se aplicará a todos los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, sino únicamente a los contratos firmados con posterioridad al 25 de mayo de 2023. De modo que todos aquellos que sean anteriores, seguirán aplicando el mecanismo de subida que esté pactado en los contratos (IPC, IGC…).

Tampoco resulta de aplicación a todos los arrendamientos de vivienda sin excepción, sino sólo a aquellos que hayan previsto expresamente dicha actualización en el clausulado del contrato. Por tanto, no podrían ser incrementados los precios en aquellos casos en que las actualizaciones anuales no se hubieran pactado.

El primer IRAV publicado por el INE este enero, ha sido del 2,2%, constituyendo el límite máximo para las actualizaciones de renta que se hubieran de llevar a cabo durante dicho mes. A partir de ahora, se publicará a mediados de cada mes, de modo que cuando quiera que llegue el momento de actualizar la renta, se tomará el índice publicado ese mismo mes para calcular la subida.

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, ha habilitado un espacio web para ofrecer transparencia en la actualización de la renta máxima que corresponde a los contratos de alquiler, para lo que tiene en cuenta el IPC o el IRAV, según la legislación aplicable al contrato en cuestión.

 

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