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Lenguaje no sexista en las ofertas de empleo

Ojo con términos masculinos o femeninos para buscar candidatos.
Nadie niega que en la actualidad hay determinados puestos ocupados mayoritariamente por hombres, y otros por mujeres. Esta es una de las cosas que, por vía normativa se intenta cambiar.

Dentro de las políticas de igualdad, del mandato constitucional de no discriminación y de cientos de normas que apelan a la igualdad de género, últimamente se están promoviendo campañas en todos los ámbitos, incluida en la Inspección de Trabajo, para velar por el cumplimiento de dichos preceptos.

De esta forma, desde la fase previa de la contratación se persigue liberar el proceso de selección de cualquier cuestión que pueda suponer discriminación por razón de sexo.

Así pues, en las ofertas de empleo que se publiquen (tanto en páginas web, como en prensa, INEM, etc.) se deben utilizar fórmulas no sexistas, abarcando con la descripción de los puestos y requisitos tanto al colectivo de hombres como de mujeres.  Por ejemplo: no podemos buscar un “fontanero”, sino “un/a  fontanero/a”, ni una “limpiadora”, sino “un/a limpiador/a”. Eso, o buscar “personal de fontanería” o “personal de limpieza”, por ejemplo.

El ejemplo es claro: no se pueden referir condiciones de género en la oferta a publicar, deben ser ofertas neutras, en las cuales se infiera claramente que pueden ser suscritas tanto por hombres como por mujeres, y ello aunque sepamos a ciencia cierta que dependiendo de la naturaleza del puesto habrá muchos más candidatos que candidatas o viceversa.

Y esto es aplicable no sólo al nombre del puesto, sino a cualquier descripción de la oferta que pueda delatar que se está buscando personal de uno u otro sexo exclusivamente o dándole cierta prioridad.

Ya no es que sea políticamente incorrecta la búsqueda de candidatos usando fórmulas exclusivamente masculinas o femeninas, sino que es ilegal, por cuanto puede ser considerado, a pesar de la corrección gramatical en castellano, discriminación en el acceso al puesto de trabajo y, en consecuencia, ser sancionado.

Y la cosa no acaba aquí… porque por mucho que cuidemos el lenguaje y la redacción en los procesos de selección, lo cierto es que el siguiente paso inspeccionado es la igualdad de género en los puestos ocupados en la empresa. Es decir, que exista un equilibrio razonable entre el número de hombres y de mujeres en plantilla, y de esto también hay inspecciones, y de que exista igualdad retributiva entre ambos, y en las condiciones de trabajo…

 

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