Riesgo de cotizar por base mínima

El autónomo que cotice por la base mínima, si tiene unos rendimientos superiores a esa base, tendrá que llevar cuidado con la regularización de las cotizaciones. Puede llegar a suponer una cantidad importante en caso de que su rendimiento real sea mucho más elevado.

Desde el 1/1/2023 la base por la que cotice el autónomo a lo largo del año será provisional y, por ello, será objeto de regularización por parte de la Seguridad Social en el año siguiente cuando, tras presentar la declaración de IRPF, se conozcan los rendimientos reales.

Si un autónomo cotiza por la base mínima (hasta ahora 960,60 €) y paga una cuota de 294 € al mes, pero tiene unos rendimientos más elevados, por ejemplo, de 30.000 € al año, que supone un rendimiento mensual de 2.500 €, tendría que cotizar por una base de al menos 1.078,43 € y pagar una cuota de 330 € al mes.

Por lo tanto, habrá cotizado de menos 36 € cada mes y la regularización le supondrá pagar 432 €.

Pero si los rendimientos fueron de más de 6.000 € al mes, le corresponderá una base de al menos 1.633,99 € y una cuota de 500 € al mes.

En este caso, habrá cotizado de menos 206 € cada mes y la regularización implicará pagar 2.472 €.

A la inversa, puede suceder que se elija una base de cotización alta pensando en las futuras prestaciones, pero si los rendimientos de la actividad son menores, la regularización supondrá que las bases de cotización definitivas -que se tendrán en cuenta para las prestaciones- también serán menores.

Eso sí, en este caso, la Seguridad Social devolverá las cuotas pagadas en exceso.

 

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